Consideraciones GeneralesLa función de Juez, actividad de las más honrosas y llena de responsabilidades representa un trabajo importantísimo en la crianza y en el adiestramiento de los perros Pastor Alemán, persiguiendo en sus juzgamientos únicamente la mejoría de la raza en sus diferentes aspectos técnicos.
Tanto los Jueces de Estructura como los de Adiestramiento y muy especialmente los de Selección, solamente podrán ser designados después de una meticulosa preparación, incluyendo, además de larga experiencia con la crianza y/o adiestramiento, atributos personales necesarios para que en el desempeño de sus funciones sepan representar con dignidad la buena reputación de ASOVAL y es su Cuadro de Jueces.
Experiencias Preliminares
Escogencia e inscripción de los candidatos: Es función de la junta directiva de ASOVAL, pues de esa manera es que pueden saber los atributos personales y conocimientos técnicos de los eventuales candidatos.
El levantamiento de los datos de cada candidato deberá ser hecho en el formulario oficial de ASOVAL, especificando claramente los dotes morales, reputación, posición social, méritos y conocimientos sobre crianza durante varios años y sobre sus participaciones en exposiciones y/o pruebas de adiestramiento anteriores.
También por indicación del consejo de jueces podrán ser designados candidatos a juez, quedando a cargo de la Junta Directiva el cumplimiento de los requisitos exigidos.
Solicitada la inscripción, el Consejo de Jueces de ASOVAL, en reunión con junta a da la documentación enviada y por mayoría de 2/3 de sus miembros presentes aprobará o no tal designación.
Documentación, Condiciones, Pruebas y Exámenes: Al solicitar la inscripción, se presentará la siguiente documentación sobre el candidato:
Para Juez de Estructura o de Adiestramiento:
Complemento para Jueces de Estructura:
Complemento para Juez de Adiestramiento:Los candidatos aprobados en forma preliminar en el Consejo el Jueces debe someterse exámenes escritos y orales ante la comisión examinadora especialmente destinada por el Consejo de Jueces, cubriendo cuestiones técnicas de estructura, anatomía , movimiento, genética, carácter y temperamento, normas de juzgamiento y crianza y/o adiestramiento.
Estas pruebas eliminatorias escritas, orales y eventualmente prácticas constarán sobre todo en lo que se relacione en el aspecto técnico con el Pastor Alemán.
Una vez considerados aptos en los exámenes preliminares, lo candidatos pasarán a la fase final que consiste en exámenes prácticos, en exposiciones junto a jueces experimentados y especialmente escogidos por el Consejo de Jueces los que en clases determinadas y aquilatarán el discernimiento y desenvoltura de los candidatos para ejercer las funciones de actuar en exposiciones especializadas. Estos jueces examinadores, (que deben presentar las condiciones para la enseñanza, para transmitir y analizar los conocimientos técnicos de los candidatos) los examinarán por lo menos en seis exposiciones oficiales.
Estos candidatos harán pruebas con anotaciones y observaciones en forma estrictamente individual, tanto en los exámenes preliminares, como de estructura, el movimiento, carácter, temperamento, etc. entregando al final sus sumarias y observaciones hechas. Eran de primordial importancia pelos candidatos, además de conocimientos técnicos sepan analizar un pedigree, sepan evaluar y compensar las cualidades y faltas de los animales en juzgamiento, te tengan ojo clínico, para de una ojeada a calificar y clasificar los ejemplares. El análisis resumido de las cualidades y defectos de cada perro de está superado, el juzgamiento debe ir más allá, pues debe demostrar el verdadero sentido de las exposición especializada, que tiene como único fin el orientar a los expositores y criadores en el aprovechamiento y el mejoramiento de la crianza de los perros pastor alemán.
Esos resúmenes y observaciones serán examinados por juez profesor que después del debido análisis dará su parecer al Consejo de Jueces.
Una vez considerado apto por cuatro pareceres de cuatro jueces diferentes en seis exposiciones realizadas, los candidatos serán aprobados por el Consejo de Jueces como Juez Aspirante y designado para actuar en 3 exposiciones regionales, de las que preparará minuciosa información para la apreciación del Consejo Jueces. Cuando sean estos relatos aprobados, pasará el candidato a integrar el Cuadro Oficial de Jueces de ASOVAL.
Los candidatos para jueces de adiestramiento aprobados preliminarmente por el consejo de jueces deberán someterse a prueba de suficiencia ante la comisión examinadora especialmente destinada viento o pues Quiñones técnicas de adiestramiento conocimientos generales sobre los perros pastor alemán a o por lo reglamentos y normas específicas emanadas por ASOVAL.
Una vez considerados aptos los candidatos pasarán a la fase final que la constituye los exámenes prácticos y pruebas oficiales de adiestramiento por jueces experimentados y especialmente designados por el Consejo Jueces los que en las prueba determinadas aquilatarán el discernimiento y desenvoltura los candidatos para ejercer la función en las pruebas de adiestramiento. Estos jueces (que deben presentar condiciones para enseñar, para transmitir y para analizar los conocimientos técnicos de los candidatos, los Lerrichter de la S.V. de Alemania), los examinarán en un mínimo de diez pruebas de adiestramiento donde deberán juzgarse por lo menos dos pruebas avanzadas.
Los candidatos harán sus anotaciones y sus observaciones en forma individual tanto en el examen de carácter, como en las secciones A, B y C, entregándolas luego al Juez examinador, quien después de revisarlas las dirigirá al Consejo de Jueces con su parecer.
Una vez aprobados siete pareceres en diez pruebas de adiestramiento realizadas, los candidatos serán considerados aptos y el Consejo de Jueces los nombrará como Juez Aspirante en tres pruebas oficiales de adiestramiento. Cuando hayan aprobado dichas pruebas en reunión el Consejo de Jueces pasarán a ser parte del Cuadro Oficial de Jueces de Adiestramiento bajo el homologa miento de la Junta Directiva de ASOVAL.
Actuación de los candidatos en las Exposiciones: El expositor deberá presentar al candidato el Registro Genealógico del perro en juzgamiento, diciendo el candidato las líneas de sangre y demostrar conocimientos de las influencias hereditarias, tanto de la línea materna como de la línea paterna.
Durante el juzgamiento el candidato deberá fortalecer su sentido de observación global, así como aprender los puntos básicos del juzgamiento. El candidato deberá presentar poder de análisis de cada perro, cubriendo la estructura y el movimiento, sabiendo sopesar, en poco tiempo, las ventajas y desventajas de cada ejemplar.
Toda la documentación deberá ser entregada al juez examinador al finalizar el juzgamiento en sobre cerrado con los resúmenes y observaciones debidamente firmadas.
Designación de los nuevos Jueces: Cabe exclusivamente al Consejo de Jueces aquilatar la conveniencia de designación de nuevos Jueces de Estructura y Adiestramiento y de los Maestros de Selección.
Normas para los Jueces examinadores: El examen para candidatos para Juez deberá ser siempre motivo de satisfacción para los examinadores, permitiéndoles transmitir sus conocimientos en las debidas ocasiones.
Durante el examen práctico, el examinador solo deberá dirigirse al candidato sobre algún detalle importante que se le haya escapado y alertarlo sobre la posible falla cometida.
En los intervalos de los juzgamientos de las clases, los examinadores podrán orientar a los examinados y referirse a las observaciones sobresalientes en los juzgamientos realizados anteriormente.
Será siempre de máxima importancia el estudio, análisis y la interpretación de los registros genealógicos, tomando en cuenta las corrientes sanguíneas de los diversos árboles genealógicos de los respectivos animales.
Los informes que deberán presentar los Jueces examinadores sobre los candidatos examinados, deberá incluir entre otras cosas que se consideren importantes las siguientes: si el examinado tiene buena vista, si tiene método, si denota poseer experiencia para actuar, si posee personalidad y si reúne las cualidades para pertenecer en el futuro al Cuadro de Jueces de ASOVAL.
Juzgamientos en el exterior: Solamente podrán actuar en el exterior los Jueces con más de tres años de diplomados y que hayan actuado, a criterio del Consejo de Jueces, satisfactoriamente en un mínimo de diez Exposiciones Especializadas o Pruebas de Adiestramiento.
Las invitaciones sólo podrán ser aceptadas después de la aprobación del Consejo de Jueces y Junta Directiva de ASOVAL.
De los Deberes y Obligaciones de los Jueces:
De las Penalidades:Todos los jueces que eventualmente infringieren el Reglamento o Normas emanadas por ASOVAL o que por decisión del Comité de Ética del Consejo de Jueces, hayan cometido faltas graves o hayan tenido actitudes que se consideran que atentan contra la reputación de ASOVAL, estarán sujetos a las siguientes penalidades:
De la eliminación: Por motivos muy especiales a criterio del Consejo de Jueces o por los abajo enumerados, será exclusivo del Cuadro de Jueces aquel que:
Reglamento del consejo de Jueces Considerando: Los Estatutos de ASOVAL, establecen lo siguiente: